Medio ambiente

Ambientalistas acudieron a la Justicia para frenar la licitación de la Hidrovía

Organizaciones ambientales, comunidades indígenas, cooperativas y personas afectadas por el modelo de dragado del río Paraná presentaron una medida cautelar de no innovar ante la Justicia con el objetivo de frenar la licitación de la Hidrovía Paraguay–Paraná, impulsada por el Estado nacional a través de la Resolución 67/2025 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación.

La solicitud se enmarca en una acción de amparo ambiental colectivo iniciada en marzo de 2025, que exige que el Estado cumpla con la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental Estratégica y Acumulativa de toda la cuenca del río Paraná, con participación ciudadana efectiva y consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas.

Cuestionamientos al proceso licitatorio

Según detallaron las organizaciones, en noviembre de 2024 el Estado nacional aprobó la documentación técnica y legal para la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2024, destinada a la modernización, ampliación y mantenimiento del sistema de dragado y señalización de la Vía Navegable Troncal del río Paraná y el Río de la Plata.

Tras la apertura de sobres y la presentación de una única oferta, el proceso fue dejado sin efecto en febrero de 2025. No obstante, el Decreto 709/24 continuó vigente, y durante 2025 el Gobierno retomó el proceso licitatorio, lo que motivó nuevos cuestionamientos por parte de las organizaciones ambientales.

El amparo solicita la suspensión precautoria de dicho decreto hasta que se realicen los estudios ambientales correspondientes a toda la cuenca, y no solo análisis parciales.

Estudios parciales y audiencia cuestionada

En el marco del proceso judicial, el Estado presentó informes considerados insuficientes y desactualizados, que —según los demandantes— no constituyen una evaluación ambiental estratégica integral.

Además, las organizaciones remarcaron que la audiencia pública realizada el 3 de noviembre de 2025 fue ampliamente cuestionada, ya que alrededor del 90 % de los participantes impugnó su validez, señalando irregularidades en la convocatoria y expresando su oposición a las obras de dragado previstas.

Nueva resolución y mayor profundidad de dragado

Pese al proceso judicial en curso, el Estado dictó la Resolución 67/2025, que aprueba los pliegos técnicos para una nueva concesión de al menos 25 años, y prevé un aumento del dragado del lecho del río en relación con la concesión anterior.

Desde las organizaciones advirtieron que esta decisión se tomó sin evaluar los impactos acumulativos sobre el ecosistema del Paraná y del Río de la Plata, y que prioriza objetivos económicos sin contemplar consecuencias ambientales, sociales y culturales a largo plazo.

Reclamo por consulta a pueblos indígenas

Otro de los ejes del reclamo es la ausencia de Consulta Previa, Libre e Informada a las comunidades indígenas potencialmente afectadas, tal como lo establecen el Convenio 169 de la OIT, la Constitución Nacional y normas internacionales vigentes.

Las organizaciones recordaron que las decisiones que impactan sobre territorios y modos de vida indígenas deben ser consultadas de manera culturalmente adecuada y sin coerción.

Principios ambientales y urgencia

El pedido de la medida cautelar se apoya en los principios de prevención, precaución e in dubio pro natura e in dubio pro agua, reconocidos por la normativa ambiental, el Acuerdo de Escazú y fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Advirtieron que, de avanzar la licitación y adjudicarse la concesión, se consolidaría un modelo de intervención sobre el río con impactos por décadas, lo que haría irreparable el daño ambiental y volvería abstracta la acción judicial.

Finalmente, las organizaciones señalaron que el río Paraná y sus humedales son un bien común esencial, y que su gestión debe definirse con información pública, participación social y evaluaciones ambientales integrales. (Cauce)