Proyecto de ley aprobado en Diputados que busca prevenir las apuestas on line entre los jóvenes
Por 139 votos afirmativos, 36 negativos y 59 abstenciones, diputados aprobaron la norma destinada a la protección de niños y adolescentes frente a plataformas de juegos de azar y apuestas on line.
El proyecto restringe la publicidad y la promoción de las casas de apuestas, especialmente en casos en que influencers o figuras del deporte fomenten su uso. También se prohíben los auspicios de casas de apuestas en el ámbito deportivo.
El acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios de apuestas on line queda prohibido. Además, se prevé un capítulo sobre jornadas educativas en los niveles primario, secundario y terciario como así también capacitación docente.
Las 5 claves del proyecto
Se prohíbe el acceso de menores de 18 años
Entre sus principales puntos, el proyecto de ley con dictamen de mayoría plantea la prohibición del acceso de menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea.
Como explicó Chequeado en esta nota, 8 de cada 10 adolescentes accedieron a jugar en apps o casinos virtuales en el último año. Además, más de 1 de cada 2 adolescentes y jóvenes lo hacen principalmente para ganar dinero, mientras que 3 de cada 10 lo hace por diversión o entretenimiento.
Además, se establece la verificación biométrica de identidad y edad para el acceso a los juegos online. Los operadores/licenciatarios deberán poseer en sus sitios herramientas que garanticen en forma fehaciente la imposibilidad de acceso de menores de edad.
A tal efecto, deben utilizar Sistemas de Identidad Digital (SID) conectados con la base de datos del Registro Nacional de las Personas (Renaper) para validar la identidad a distancia, mediante el reconocimiento facial.
Restricciones en la publicidad y promoción de las apuestas online
El proyecto establece la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar en todas las plataformas y redes sociales de internet, así como en las tecnologías de la información y comunicación, la comunicación audiovisual, la publicidad exterior, los carteles en la vía pública o en espacios privados de uso público, los medios gráficos, radiales, televisivos, los podcast y cualquier otro medio de comunicación, tanto actual como futuro.
Además, prohíbe la publicidad indirecta o encubierta a través de influencers, deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública o personajes de ficción.
Se prohíben los auspicios de casas de apuestas en el ámbito deportivo
El proyecto también incluye la prohibición de los auspicios de casas de apuestas en el ámbito deportivo, como ocurre, por ejemplo, en las camisetas de fútbol, los estadios y otras instalaciones.
Como explicó Chequeado en esta nota, en la Argentina, La Liga Profesional (Torneo de Primera División masculino) está patrocinada por la casa de apuestas Bplay.
Además, el 28% de los clubes de la máxima categoría del fútbol argentino (8 de los 28 equipos) posee en sus camisetas sponsors de alguna casa de apuestas. Boca y Racing tienen a Betsson; River y Lanús tienen Codere; Newell’s y Rosario Central son sponsoreados por City Center; Vélez y Estudiantes de La Plata, por BPlay.
Lo mismo sucede con la Selección argentina, la Copa Argentina y la Primera Nacional: la empresa BetWarrior es el sponsor de estos 3 últimos.
Además, se modifica el artículo 20 bis de la Ley 20.655, Ley de Deporte, de modo de establecer que no podrán integrar las listas que se presenten para la elección de los integrantes de la comisión directiva de los clubes “quienes sean directores, representantes o mandatarios de operadores/licenciatarios de la explotación de juegos de azar y apuestas en línea·.
Se regulan los medios de pago
El proyecto regula también los medios de pagos. Se establecen como medios de pago las tarjetas de débito bancarias, las cuales estarán sujetas a un límite diario equivalente al máximo de extracción establecido por la entidad bancaria o financiera para los cajeros automáticos.
También se podrán utilizar billeteras electrónicas o virtuales, pero exclusivamente con fondos disponibles en la cuenta y con un límite diario igual al tope de extracción que determine la entidad bancaria o financiera para los cajeros automáticos. No se aceptarán tarjetas de crédito ni cuentas vinculadas a ANSES (utilizadas para el pago de prestaciones sociales).
Más penas para los titulares de casas de apuestas que incumplan la ley
El proyecto de ley establece sanciones frente a su incumplimiento por parte de los titulares de las casas de apuestas (por sí o a través de terceros). Por ejemplo, se incrementan las penas del artículo 301 del Código Penal estableciendo un rango de 3 a 10 años de prisión. Cuando estas infracciones estén dirigidas a menores de 18 años, la pena será incrementada en un tercio del mínimo y del máximo.
En todos los casos se aplicará la inhabilitación absoluta y perpetua y multa de 2 a 5 veces el lucro obtenido.
Por último, se prevé un capítulo sobre jornadas educativas en los niveles primario, secundario y terciario como así también capacitación docente. (chequeado.com)